Innoempresa

 SUBVENCIONES INNOEMPRESA

La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, IDEA, tiene abierto el plazo, para la presentación de solicitudes dentro del programa de apoyo a la Innovación a las Pequeñas y Medianas empresas (INNOEMPRESA). 

PLAZO:

Esta convocatoria, está abierta todo el año, pero los fondos se consumen, por lo que un proyecto tendrá más posibilidades cuanto antes se presente.

BENEFICIARIOS:

·  Todas las  PYMES ubicadas en Andalucía. 

·  Organismos Intermedios 

 TIPOLOGÍA DE PROYECTOS:

 Dentro de este programa, son subvencionables los siguientes tipos de proyectos:

·    Innovación Organizativa y Gestión Avanzada (adopción de modelos empresariales innovadores)

·    Innovación Tecnológica y Calidad (planes de mejora tecnológica)

·   Proyectos de Innovación Cooperativos.  

AYUDA:

 De forma estimada, el 50% del presupuesto de las PYMES y del Organismo Intermedio

GASTOS SUBVENCIONABLES: 

 En el caso de las PYMES:

  • · Inversiones materiales o inmateriales, que no podrán sobrepasar la cantidad de 18.000 € 
  •  En el caso de proyectos de desarrollo tecnológico aplicado podrán financiarse los gastos de personal técnico directamente relacionado con el proyecto.
  • · Colaboraciones externas como: asistencia técnica, gastos externos de consultoría, tutorización y servicios relacionados con los proyectos.

 En el caso de los ORGANISMOS INTERMEDIOS: 

·  Inversiones materiales o inmateriales, que no podrán sobrepasar la cantidad de 55.000 €.

·  Gastos de personal técnico directamente relacionado con el proyecto.

· Colaboraciones externas como: asistencia técnica, gastos externos de consultoría, tutorización y servicios relacionados con los proyectos.

· Viajes interurbanos y gastos de alojamiento necesarios para la realización del proyecto.

· El IVA soportado por el beneficiario cuando suponga un coste real para el mismo. En el caso de los beneficiarios sujetos a la regla de prorrata, dicho coste se calculará con base en la prorrata definitiva del último ejercicio finalizado antes de la concesión del incentivo, siendo responsabilidad del organismo incluir el resultado final en la liquidación de sus obligaciones fiscales.

· Gastos generales, que no podrán superar el 10% de la base incentivable.

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