LA CONSEJERÍA DE EMPLEO DISPONE AYUDAS PÚBLICAS PARA INCENTIVAR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN EL ÁMBITO LABORAL
Los incentivos van de los 800 euros por contratos de sustitución de personas con permiso de maternidad, a los 5.500 euros por contratar a mujeres víctimas de violencia de género.
Para fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el ámbito laboral en Andalucía,
Se contemplan varios programas, pudiendo optar las empresas al programa para favorecer la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de los trabajadores, y fomentar la creación de empleo. Comprenden medidas para la contratación para sustitución de personas trabajadoras en supuestos de riesgo durante el embarazo o descanso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento de menores; incentivos para la contratación en interinidad para sustitución de trabajadores acogidos a excedencia o reducción de la jornada de trabajo para el cuidado de los hijos o personas dependientes. Por último, incentivos a las primeras contrataciones de carácter indefinido, o transformaciones de contratos de duración determinada en indefinido.
-Incentivos para contratar sustitutos de trabajadores en supuestos de riesgo por embarazo y periodos de descanso por maternidad:
-los incentivos máximos serán de 1.600 euros para contratos de interinidad por supuesto de riesgo en el embarazo, con una duración máxima de ocho meses y una jornada de 40 horas a la semana;
-incentivos de 800 euros para contratos de sustitución de personas con permiso de maternidad, con un máximo de cuatro meses de duración y 40 horas a la semana.
-Los incentivos llegarán a los 3.000 euros en casos de trabajadoras autónomas que por maternidad tengan que contratar a otra persona, para disfrutar del permiso de maternidad y conciliar la vida laboral y familiar.
-Incentivos para contratar sustitutos de trabajadores en excedencia o con jornada reducida para el cuidado de hijos o personas dependientes al cargo (excedencia máxima de tres años; hijos de hasta ocho años):
-se considerarán preferentes la contrataciones realizadas con mujeres, con incentivos de hasta 1.600 euros cuando la duración del contrato sea de un año como mínimo, y hasta los 2.200 euros cuando la persona que reduzca la jornada o pida la excedencia sea un hombre.
-Incentivos a la ampliación de contratos a tiempo parcial a jornada completa para cubrir el puesto de un trabajador en excedencia o con jornada reducida:
-la cuantía máxima del incentivo será de 1.200 euros para un año, siempre que la ampliación de la jornada suponga al menos 20 horas semanales.
-Incentivos a las primeras contrataciones indefinidas o transformaciones de contratos de duración determinada a indefinidos:
-incentivos de hasta 5.500 euros cuando se contraten mujeres víctimas de violencia de género;
-hasta 5.000 euros cuando los contratos se formalicen con mujeres, manteniendo el contrato indefinido al menos cuatro años;
-hasta 4.750 euros en el resto de supuestos.
Las entidades beneficiarias de estos incentivos serán las entidades empleadoras, personas físicas que trabajen por cuenta propia y personas jurídicas que cuenten con un centro de trabajo en la comunidad autónoma. Las contrataciones se deben presentar ante el Servicio Andaluz de Empleo o
Junto a la solicitud de los incentivos, las entidades empleadoras deben presentar la siguiente documentación:
-copia compulsada de los estatutos legalizados y documentación del poder de representación, en el caso de sociedades;
-número de cuenta de cotización;
-autorización de consulta de la vida laboral de la persona contratada;
-identificación de la persona o empresa solicitante;
-denominación e importe de la ayuda solicitada;
-declaración responsable de reunir los requisitos y no estar incurso en supuesto de prohibición para recibir subvenciones;
-declaración responsable de no haber obtenido otras ayudas para el mismo concepto y ejercicio, o exposición de las ayudas recibidas, cuantías, conceptos y organismos que lo concedieron;
-solicitud de transferencia bancaria firmada por el solicitante y sellada y firmada por la entidad financiera.