CONTRATO DE FORMACIÓN-APRENDIZAJE
La principal ventaja frente a otros contratos es que este modelo supone un menor coste salarial para la empresa, con importantes diferencias respecto a cualquier otra modalidad contractual. Además, si el contrato se transforma en indefinido, se obtiene una bonificación de 1.500 euros anuales en el caso de hombres, y 1.800 euros sin son mujeres, durante 3 años. La formación teórica, del 25% en el primer año de contrato y 15% en el resto del contrato, será subvencionable, a través del reembolso en los seguros sociales correspondientes.
Eso si, el trabajador contratado bajo esta modalidad tiene que ser menor de 3 años, no tener titulación para formalizar el contrato en prácticas, y terminado el contrato, no podrá ser contratado bajo la misma modalidad por la empresa o por cualquier otra para la misma actividad, aunque si para otra actividad distinta. Para el trabajador, la formación teórica recibida es acreditable para la obtención del Certificado de Profesionalidad en el oficio desempeñado, con exención de las prácticas profesionales. Además, al terminar el contrato tiene derecho a la prestación y subsidio por desempleo, según se haya cotizado un año o seis meses.
En cuanto a la forma de los contratos, siempre serán de jornada completa, sumando la formación teórica, que serán 10 horas a la semana en el primer año y 6 horas semanales los dos años siguientes. Los contratos tendrán un mínimo de un año y un máximo de tres años, mientras que el salario se pactará en convenio colectivo, no pudiendo ser menos que el salario mínimo interprofesional.
Para contratar, la empresa deberá estar al día con Hacienda y