Abono del recurso cameral

ABONO DEL RECURSO CAMERAL

El 3 de diciembre de 2010 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (nº 293) el Real Decreto-Ley 13/2010, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo que modifica la Ley 3/1993, de 22 de Marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

Asimismo, el pasado 5 de marzo de 2011, se publicó en el Boletín Oficial del Estado (nº 55) la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible que modifica diversas cuestiones del citado Real Decreto-Ley 13/2010 y de la Ley 3/1993.

Esta reforma contempla la supresión del denominado Recurso Cameral Permanente así como la voluntariedad de pertenencia a las Cámaras y de contribución a la cuota cameral que en un futuro se establezca.

No obstante lo anterior, todas las empresas continúan formando parte del Censo Público de Empresas previsto en el artículo 2.1h de la indicada Ley de Cámaras, según se regula en la Disposición Final cuadragésima séptima de la mencionada Ley de Economía Sostenible, sin que de ello se deriven obligaciones o derechos.

Al mismo tiempo, el referido Real Decreto-Ley 13/2010 establece, en la Disposición Transitoria Primera, un periodo transitorio de dos años durante el cual, las empresas continúan sujetas al cumplimiento de sus obligaciones tributarias con las Cámaras, de acuerdo con la normativa hasta ahora en vigor, y las Cámaras mantienen su obligación legal de efectuar el cobro del recurso cameral y a utilizar, si fuera necesario, la vía ejecutiva.

 

Por todo ello, teniendo en cuenta tanto la normativa anteriormente indicada como el pronunciamiento de la Dirección General de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Málaga procederá:

·         En el año 2011: A la emisión, a todas las empresas, de las cuotas por el recurso cameral permanente sobre el Impuesto de Sociedades del ejercicio fiscal 2009, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio fiscal 2009 y el Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio fiscal 2010.

·         En el año 2012: A la emisión de las cuotas del recurso cameral permanente sobre el Impuesto de Sociedades del ejercicio fiscal 2010 a las entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades cuya cifra de negocios hubiera sido igual o superior a 10 millones de euros en el ejercicio fiscal 2009.

 

La Cámara, como corporación de derecho público, mantiene como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses generales de todo el tejido empresarial y las funciones de carácter público-administrativo que las leyes le encomiendan, siendo voluntad de esta corporación la de continuar prestando servicios de utilidad e interés empresarial, poniendo a disposición de las empresas sus diferentes servicios técnicos en materias como el impulso al fomento del comercio exterior, formación y desarrollo empresarial, arbitraje, impulso a la innovación y nuevas tecnologías en las pymes, etc.

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