ABIERTO EL PLAZO PARA SUBVENCIONES DE APOYO A EMPRESAS CULTURALES Y CREATIVAS ANDALUZAS

La Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía ha publicado en el BOJA de 21 de agosto de 2013 la Convocatoria y Bases que regulan las Subvenciones de Apoyo a Empresas Culturales y Creativas Andaluzas para el Fomento de su Competitividad, Modernización e Internacionalización.

OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
Mejorar la oferta cultural andaluza a través de la concesión de ayudas a empresas que gestionen establecimientos que presten servicios culturales, para la mejora de su equipamiento técnico y tecnológico, así como para la  adecuación del mismo.

SOLICITANTES:
– Personas físicas o jurídicas de carácter privado (excluye expresamente las entidades de derecho público y entidades sin ánimo de lucro).
– Que sean Titulares de empresas PYMES, establecidas en cualquier Estado de la Unión Europea, con establecimiento operativo en Andalucía, propietarios o titulares de la gestión de establecimiento que presten servicios culturales en Andalucía como actividad principal.
– Que se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de servicios culturales en el ámbito de las artes escénicas, visuales, patrimonio cultural audiovisual, cine, multimedia, artes interactivas, nuevos medios de comunicación, música y producción cultural.        

CUANTÍA:
La cuantía máxima de subvención es de 80.000,00 EUROS y el porcentaje máximo de las ayudas será de hasta el 75% del presupuesto aceptado por la Administración.

GASTOS SUBVENCIONABLES:
– Adquisición de sistemas de información, software y equipos informáticos (hardware) destinados a la mejora de la infraestructura técnica y de la dotación material del establecimiento cultural.
– Adquisición de material de audio y vídeo que suponga mejoras tecnológicas y/o de accesibilidad.
– Adquisición de equipamiento y material de iluminación y sonido que suponga mejoras tecnológicas y/o de accesibilidad
– Obras destinadas a la mejora acústica, técnica y de iluminación del local que supongan mejoras tecnológicas y/o de accesibilidad.
– Obras destinadas a la mejora de medidas de seguridad y protección contra incendios, así como a la eliminación de barreras arquitectónicas.
– Adquisición de bienes de equipo que contribuyan a mejorar la eficiencia medioambiental de las instalaciones.

PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo para presentar la solicitud acompañada de otros documentos, memorias y proyecto será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en BOJA (21/08/2013)

LUGARES Y REGISTROS:
La presentación se puede realizar a través del Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía (http://juntadeandalucia.es/cultura/web/oficina-virtual) o en cualquiera de los previstos por la Administración.
 
PLAZO DENTRO DEL QUE DEBEN HABERSE REALIZADO LOS GASTOS SUBVENCIONABLES:
Desde el inicio del año en el que se efectúa la convocatoria, hasta la finalización del plazo que se establezca para la ejecución de la actividad subvencionada, aún cuando el pago se efectúe después.
 
PERÍODO DURANTE EL QUE SE DEBEN DESTINAR LOS BIENES AL FIN CONCRETO:
3  años en el caso de equipamiento y 5 años en el caso de obras de infraestructura.

 

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